Aprobado por 258 votos a favor, 1 abstencion, 1 voto en contra, se crea
la zona horaria sureste, a partir de su publicacion en el DOF Quintana
Roo utilizará el meridiano 75° en invierno, falta ver como queda en
verano
Minuta
Ciudadanos que nos oponemos a hacer uso de la Zona Horaria de 75° Oeste que no le corresponde al Estado, queremos regresar al de 90° oeste, zona horaria que nos corresponde por ubicación y legalmente.
jueves, 4 de diciembre de 2014
miércoles, 26 de noviembre de 2014
Mapas
No al Cambio de Huso Horario en Quintana Roo
Mapa de Husos Horarios
En el observamos que al Pais le corresponde o pasan por el 3 zonas horarias, 90°, 105° y 120°, lo que representa restarle al UTC -6, -7 y -8 horas para saber la hora exacta en el lugar que estemos.
En este mapa, vemos la aplicacion de los Husos en el país donde indebidamente, los estados despues del meridiano 97.5° deberían usar el de 105° y no el de 90°, lo que provoca que su horario natural no sea correcto, por eso cuando viajan a Quintana Roo en invierno, tienen la sensación que obcurece mas temprano, cuando no es de esa manera.
De proceder la iniciativa que Pretende que el Estado de Quintana Roo utilice durante invierno el Huso Horario de 75°, en verano, para estar homologados al país nos veremos obligados a utilizar el Huso Horario de 60°, el cual corresponde al País de Venezuela.
Con lo que el estado Conservaría la Hora de Ventaja sobre el Distrito Federal, pero utilizando un Huso Horario que no le corresponde ni geográficamente ni económicamente.
Lo anterior derivado, a que el DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL HORARIO ESTACIONAL QUE APLICARÁ EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS establece que todas las Zonas Horarias del País toman la Zona Horaria que le Precede, es decir en Horario de Verano u Horario Estacional, Quintana Roo utiliza el Meridiano 75°, tal cual como lo solicitan los hoteleros, por lo que su petición esta cumplida desde el 1 de marzo de 2002, de Aplicar la Zona Horaria de 75°, cuando cambiemos en Verano tendremos que utilizar la hora que Marca el Meridiano 60°, para seguir en la hora de diferencia que debemos tener con respecto al Distrito Federal.
Con lo que el estado Conservaría la Hora de Ventaja sobre el Distrito Federal, pero utilizando un Huso Horario que no le corresponde ni geográficamente ni económicamente.
Lo anterior derivado, a que el DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL HORARIO ESTACIONAL QUE APLICARÁ EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS establece que todas las Zonas Horarias del País toman la Zona Horaria que le Precede, es decir en Horario de Verano u Horario Estacional, Quintana Roo utiliza el Meridiano 75°, tal cual como lo solicitan los hoteleros, por lo que su petición esta cumplida desde el 1 de marzo de 2002, de Aplicar la Zona Horaria de 75°, cuando cambiemos en Verano tendremos que utilizar la hora que Marca el Meridiano 60°, para seguir en la hora de diferencia que debemos tener con respecto al Distrito Federal.
Iniciativa Presentada el 25 de Noviembre de 2014
Que adiciona una fracción IV al artículo único del decreto por el que
se establece el horario estacional que aplicará en los Estados Unidos
Mexicanos, suscrita por los diputados Raymundo King de la Rosa, Eduardo
Roman Quian Alcocer, Lizbeth Loy Gamboa Song y Gabriela Medrano
Galindo, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM
Los suscritos, diputados federales Raymundo King de la Rosa, Eduardo
Román Quian Alcocer, y Lizbeth Loy Gamboa Song, integrantes del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y Gabriela
Medrano Galindo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados
del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en
los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y conforme a lo dispuesto en los artículos 6,
numeral 1, fracción I, y 77, numerales 1 y 3, del Reglamento de la
Cámara de Diputados, presentan a la consideración del pleno iniciativa
con proyecto de decreto con arreglo a la siguiente
Exposición de Motivos
1. Descripción de la problemática
El 23 de diciembre de 1981, el presidente José López Portillo emitió
un decreto por el que se dispuso que Campeche, Quintana Roo y Yucatán
adoptaran el horario del meridiano 75 grados al oeste de Greenwich, es
decir, una hora más que el centro del país. Un año después se modificó
este horario, excluyendo a Campeche y Yucatán, conservando Quintana Roo
la diferencia de una hora respecto al centro.
El 4 de enero de 1996 se establecieron los horarios de verano,
homologando el horario de Quintana Roo con el del centro del país, es
decir, 75 grados en verano y 90 grados en invierno.
El 13 de agosto de 1997 se modificó el horario de Quintana Roo,
dejándolo en el meridiano 60 grados en verano y 75 grados en invierno,
esto es, con una hora de adelanto respecto al centro del país.
El 31 de julio de 1998 se regresó a Quintana Roo al huso horario del
centro del país, es decir, 75 grados en verano y 90 grados en
invierno.
El 29 de diciembre de 2001 se expidió la Ley del Sistema de Horario
en los Estados Unidos Mexicanos, en cuyo artículo 3 se establecieron 3
husos horarios, correspondiendo a Quintana Roo el de la zona centro,
esto es, el de 90° al oeste Greenwich.
En el artículo 4 de esta ley se facultó al Congreso de la Unión para
modificar el sistema normal de medición del tiempo en la República,
mediante decreto que establezca horarios estacionales, en tanto que en
el artículo 5 del ordenamiento citado se dispuso que cualquier
propuesta de establecimiento o modificación de horarios estacionales
deberá ser presentada al honorable Congreso de la Unión, a más tardar
el 15 de noviembre del año inmediato anterior al que se pretende
modificar el horario y que el decreto respectivo deberá ser emitido a
más tardar el 15 de diciembre del mismo año.
En ejercicio de esta facultad, el Congreso de la Unión aprobó el
decreto por el que se establece el horario estacional que aplicará en
los Estados Unidos Mexicanos, el cual fue publicado el 1 de marzo de
2002 y entró en vigor a los 30 días de su publicación, esto es, el 31
de marzo de ese mismo año.
En el artículo único de este decreto, se definieron los husos
horarios aplicables en las entidades federativas durante el verano, es
decir, desde el primer domingo de abril hasta el último domingo de
octubre de cada año.
Al efecto, este honorable Congreso determinó lo siguiente:
Artículo Único. Con fundamento en las
fracciones XVIII y XXX del artículo 73 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, se aplica el horario estacional a partir
de las dos horas del primer domingo de abril, terminando a las dos
horas del último domingo de octubre de cada año, de conformidad con lo
siguiente:
I. Estados de Baja California Sur, Chihuahua,
Nayarit y Sinaloa, sujetos al meridiano 105 grados por ubicación y 90
grados por horario estacional;
II. Estado de Sonora, sujeto al meridiano 105 grados
por ubicación y 105 grados por horario estacional;
III. Estado de Baja California, sujeto al meridiano
120 grados por ubicación y 105 grados por horario estacional;
IV. Todas las demás entidades integrantes de la
federación estarán sujetos al meridiano 90 grados por ubicación y por
el meridiano 75 grados por horario estacional, y
V. Islas, arrecifes y cayos, el correspondiente a su
situación geográfica y de acuerdo a los instrumentos del derecho
internacional aceptados donde no aplica el horario estacional.
En los municipios fronterizos de Tijuana y Mexicali en Baja
California; Juárez y Ojinaga en Chihuahua; Acuña y Piedras Negras en
Coahuila; Anáhuac en Nuevo León; y Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros en
Tamaulipas, la aplicación de este horario estacional surtirá efecto
desde las dos horas del segundo domingo de marzo y concluirá a las dos
horas del primer domingo de noviembre.
Conforme a lo anterior, Quintana Roo quedó comprendido en la
fracción IV, aplicable a todas las demás entidades integrantes de la
Federación no consideradas en las fracciones I, II y III, lo que
implica que esté sujeto al horario del meridiano 90 grados oeste por
ubicación y al del meridiano 75 grados oeste por horario
estacional.
Por otra parte, el 24 de abril de 2012 el Senado de la República
aprobó por unanimidad el dictamen de reforma al artículo 3 de la Ley
del Sistema de Horario de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se
establece la zona horaria sureste referida al meridiano 75 grados al
oeste de Greenwich que regirá en Quintana Roo, con una hora de adelanto
respecto al centro del país.
La minuta de reforma fue turnada a la Cámara de Diputados y se
encuentra pendiente de dictamen y, en su caso, aprobación por parte de
esta legisladora, lo que implica que de ser aprobada en sus términos,
el horario de Quintana Roo eventualmente quedaría referido al meridiano
75 grados al oeste de Greenwich.
2. Argumentos para la reforma al decreto por el que se establece
el horario estacional que aplicará en los Estados Unidos
Mexicanos
En la minuta enviada por la colegisladora, se expresaron diversas
consideraciones en apoyo a la modificación del horario en Quintana Roo,
entre otras que añadir tiempo de luz diurna a las tardes beneficia al
comercio, a la práctica deportiva y otras actividades a las que
favorece la presencia de luz tras la jornada laboral, como es el caso
de la actividad turística.
En dicho documento, también se destaca que el cambio de huso horario
permitiría alcanzar una mejor conectividad aérea con los Estados
Unidos, Canadá y diversos países caribeños, centroamericanos y
sudamericanos.
Por lo que hace al consumo energético, la minuta menciona que con
base en datos de la Comisión Federal de Electricidad, así como de la
Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía y la Secretaría
de Energía, de hacerse el cambio se obtendría un estimado de ahorro de
energía de entre 21 mil 285 y 23 mil 454 megawatts.
En este orden de ideas, compartiendo los suscritos los motivos
expresados en la minuta remitida por el Senado de la República para la
reforma a la Ley del Sistema de Horario de los Estados Unidos
Mexicanos, advierte que si la Cámara de Diputados aprueba en sus
términos dicha minuta, el horario de Quintana Roo quedaría referido al
meridiano 75 grados al oeste de Greenwich; sin embargo, conforme al
decreto que establece el horario estacional quedaría comprendido en el
meridiano 90 grados oeste por ubicación y en el 75 grado oeste por
horario estacional, con lo cual se generaría una incongruencia entre la
ley y el decreto.
En tal virtud, es menester que ante la eventualidad de que se
modifique el huso horario de Quintana Roo, también se defina la
situación que guardará en el horario estacional, para lo cual se
propone que se adicione una fracción al artículo único del decreto por
el que se establece el horario estacional que aplicará en los Estados
Unidos Mexicanos, a fin de que esta entidad federativa quede sujeta al
meridiano 75 oeste por ubicación y al meridiano 75 oeste por horario
estacional.
3. Texto normativo propuesto
Conforme a lo expuesto, el texto que se propone para la reforma
sería el siguiente:
Decreto
Único. Se adiciona una fracción IV al artículo único del
decreto por el que se establece el horario estacional que aplicará en
los Estados Unidos Mexicanos y se recorren las subsecuentes, para
quedar como sigue:
Artículo Único. ...
I. ...
II. ...
III. ...
IV. Estado de Quintan Roo, sujeto al meridiano 75
grados oeste por ubicación y 75 grados oeste por horario
estacional;
V. Todas las demás entidades integrantes de la
federación estarán sujetos al meridiano 90 grados por ubicación y por
el meridiano 75 grados por horario estacional, y
VI. Islas, arrecifes y cayos, el correspondiente
a su situación geográfica y de acuerdo a los instrumentos del derecho
internacional aceptados donde no aplica el horario estacional.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20
de noviembre de 2014.
Diputados: Raymundo King de la Rosa, Gabriela
Medrano Galindo, Eduardo Román Quian Alcocer, Lizbeth Loy Gamboa Song
(rúbricas)
viernes, 21 de noviembre de 2014
Iniciativa ante la Camara de Diputados
Se presentó el día de hoy, pero no se leyo en virtud de que se suspendió la sesión, quedamos a la espera de conocer el contenido de la fracción, para de ahi valorar los pasos a seguir.
domingo, 9 de noviembre de 2014
Horarios en que amanece y oculta el sol
div style="text-align: justify;"> Tal cual como viene la iniciativa de utilizar todo el año el Meridiano 75°, en verano, para seguir con la hora de adelanto con el Distrito Federal, se cambiaria la Zona Horaria al Meridiano 60°, y los horarios quedarían de la siguiente Manera:
FECHA | HORA | HORA SALIDA Y OCASO DEL SOL SIN HORARIO DE VERANO | PROPUESTA DE HORARIO | |||
01/12/2013 | 06:09 | 06:09:00 a.m. | 07:09:00 a.m. | ORTO | ||
01/01/2014 | 06:25 | 06:25:00 a.m. | 07:25:00 a.m. | |||
01/02/2014 | 06:26 | 06:26:00 a.m. | 07:26:00 a.m. | |||
01/03/2014 | 06:12 | 06:12:00 a.m. | 07:12:00 a.m. | |||
01/04/2014 | 05:47 | 05:47:00 a.m. | 06:47:00 a.m. | |||
01/05/2014 | 06:26 | 05:26:00 a.m. | 07:26:00 a.m. | |||
01/06/2014 | 06:16 | 05:16:00 a.m. | 07:16:00 a.m. | |||
01/07/2014 | 06:20 | 05:20:00 a.m. | 07:20:00 a.m. | |||
01/08/2014 | 06:31 | 05:31:00 a.m. | 07:31:00 a.m. | |||
01/09/2014 | 06:38 | 05:38:00 a.m. | 07:38:00 a.m. | |||
01/10/2014 | 06:43 | 05:43:00 a.m. | 07:43:00 a.m. | |||
01/11/2014 | 05:52 | 05:52:00 a.m. | 06:52:00 a.m. | |||
01/12/2014 | 06:07 | 06:07:00 a.m. | 07:07:00 a.m | |||
01/12/2013 |
17:15 |
05:15:00 p.m. |
06:15:00 p.m. |
OCASO | ||
01/01/2014 | 17:28 | 05:28:00 p.m. | 06:28:00 p.m. | |||
01/02/2014 | 17:47 | 05:47:00 p.m. | 06:47:00 p.m. | |||
01/03/2014 | 17:59 | 05:59:00 p.m. | 06:59:00 p.m. | |||
01/04/2014 | 18:06 | 06:06:00 p.m. | 07:06:00 p.m. | |||
01/05/2014 | 19:14 | 06:14:00 p.m. | 08:14:00 p.m. | |||
01/06/2014 | 19:25 | 06:25:00 p.m. | 08:25:00 p.m. | |||
01/07/2014 | 19:33 | 06:33:00 p.m. | 08:33:00 p.m. | |||
01/08/2014 | 19:27 | 06:27:00 p.m. | 08:27:00 p.m. | |||
01/09/2014 | 19:07 | 06:07:00 p.m. | 08:07:00 p.m. | |||
01/10/2014 | 18:41 | 05:41:00 p.m. | 07:41:00 p.m. | |||
01/11/2014 | 17:20 | 05:20:00 p.m. | 06:20:00 p.m. | |||
01/12/2014 | 17:15 | 05:15:00 p.m. | 06:15:00 p.m. |
Lo que está resaltado en rojo en ORTO, son las horas en la que ya el sol ya esta en todo el horizonte, el amanecer dura entre 20 y 30 minutos antes de que el sol ya este por completo en el horizonte, en todo caso quienes entran a las 7:00 horas y necesitan trasladarse por mas de hora y media lo tendrán que hacer a obscuras totalmente, caso contrario en el OCASO, tendremos meses con el sol ocultandose pasadas las 20:30 horas mas el tiempo que demora el atardecer entre 20 y 30 minutos, queda para el análisis.
viernes, 7 de noviembre de 2014
Solicitudes de Información
Estas son las solicitudes que le fueron hechas al Gobierno del Estado de Quintana Roo, derivadas del Documento que se emite desde el Despacho del C. Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Hoja 1 Escrito
Hoja 2 Escrito
Hoja 3Hoja 1 Escrito
Hoja 2 Escrito
De las cuales se obtuvieron las Siguientes respuestas
- Solicitud sobre el nombre y número de notario que Notarizo las 23,000 firmas que avalan el cambio de horario Respuesta
- Solicitud sobre Estudios legales que avalen el cambio de Huso Horario Respuesta.
- Solicitud sobre la Cantidad de Estudios para el cambio de Huso Horario Respuesta
- Solicitud sobre la Cantidad de Menores de Edad que entran en el turno Matutino Respuesta
domingo, 2 de noviembre de 2014
Antecedentes
No al Cambio de Huso Horario en Quintana Roo
El estado de Quintana Roo, goza de una excelente posición en el Meridiano de 90°, teniendo en los meses de mayor radiación solar, hasta casi 13 horas de luz natural, pero en invierno, dispone de 11:00 a 11:30 de luz natural, siendo un destino perfecto para las personas que vienen de latitudes superiores y que tienen días con menos horas de luz.
En la Conferencia
Internacional de Meridianos adoptada, entre otros países, por México en
la ciudad de Washington, Distrito de Colombia, el veintidós de octubre
de mil ochocientos ochenta y cuatro, se establecieron, entre otros
aspectos, las reglas sobre el manejo de meridianos para efectos de los
husos horarios.
En esta conferencia se determina que los husos horarios conforman un sistema internacional uniforme para calcular el tiempo, que toma como referencia el meridiano de longitud 0° o de Greenwich.
Las disposiciones de la mencionada conferencia internacional comprometieron al Estado mexicano como signatario del mismo. Además, conforme al Estatuto de la Corte Internacional de Justicia -del cual México es parte- se le reconoce fuerza obligatoria por ser fuente de una práctica generalmente aceptada como derecho. En este sentido, existen una serie de actividades de carácter internacional que rigen sus actos por la determinación de los horarios internacionales: tráfico aéreo, navegación marítima, mercado de valores, operaciones bancarias y financieras, entre otras (todas ellas son materia exclusiva de la Federación). Luego entonces, sólo podría corresponder a la Federación dictar las normas o medidas para su adecuado funcionamiento.
En esta conferencia se determina que los husos horarios conforman un sistema internacional uniforme para calcular el tiempo, que toma como referencia el meridiano de longitud 0° o de Greenwich.
Las disposiciones de la mencionada conferencia internacional comprometieron al Estado mexicano como signatario del mismo. Además, conforme al Estatuto de la Corte Internacional de Justicia -del cual México es parte- se le reconoce fuerza obligatoria por ser fuente de una práctica generalmente aceptada como derecho. En este sentido, existen una serie de actividades de carácter internacional que rigen sus actos por la determinación de los horarios internacionales: tráfico aéreo, navegación marítima, mercado de valores, operaciones bancarias y financieras, entre otras (todas ellas son materia exclusiva de la Federación). Luego entonces, sólo podría corresponder a la Federación dictar las normas o medidas para su adecuado funcionamiento.
Cabe señalar que los
artículos transitorios de la Constitución de mil novecientos diecisiete,
no hacen ninguna alusión a los instrumentos internacionales firmados
por México con anterioridad, lo que permite sostener que dichos
compromisos subsisten, salvo que contradigan los preceptos
constitucionales.
Horas totales de Sol En Diferentes Husos Horarios | |||||||
Fecha | Cancun | Miami | Nueva York | Chicago | Mérida | Chetumal | Distrito Federal |
01/11/2014 | 11:21:00 | 11:10 | 10:26 | 10:22 | 11:22 | 11:27 | 11:26 |
02/11/2014 | 11:21:00 | 11:08 | 10:24 | 10:19 | 11:21 | 11:27 | 11:24 |
03/11/2014 | 11:19:00 | 11:07 | 10:19 | 10:15 | 11:20 | 11:25 | 11:24 |
04/11/2014 | 11:19:00 | 11:07 | 10:19 | 10:15 | 11:19 | 11:25 | 11:22 |
05/11/2014 | 11:17:00 | 11:05 | 10:17 | 10:12 | 11:18 | 11:24 | 11:22 |
06/11/2014 | 11:17:00 | 11:05 | 10:15 | 10:10 | 11:17 | 11:23 | 11:21 |
07/11/2014 | 11:15:00 | 11:03 | 10:12 | 10:07 | 11:16 | 11:23 | 11:20 |
Tabla de horas solares en la primera Semana de Noviembre de 2014
Fuente http://smn.cna.gob.mx y http://weather.com
Como podemos observar las horas de iluminación son casi iguales, mientras mas al norte subimos menos horas de sol se tienen.
Horas De Salida de Sol en Cancún
HUSO HORARIO DE 90° | |||
Orto | Ocaso | horas de luz solar | |
01/11/2014 | 05:50 | 17:11 | 11:21 |
02/11/2014 | 05:50 | 17:11 | 11:21 |
03/11/2014 | 05:51 | 17:10 | 11:19 |
04/11/2014 | 05:51 | 17:10 | 11:19 |
05/11/2014 | 05:52 | 17:09 | 11:17 |
06/11/2014 | 05:52 | 17:09 | 11:17 |
07/11/2014 | 05:53 | 17:08 | 11:15 |
Si se autoriza el cambio al huso Horario de 75° las horas seran las siguientes:
ORTO | OCASO | horas de luz solar |
06:50 | 18:11 | 11:21 |
06:50 | 18:11 | 11:21 |
06:51 | 18:11 | 11:20 |
06:51 | 18:10 | 11:19 |
06:52 | 18:09 | 11:17 |
06:52 | 18:09 | 11:17 |
06:53 | 18:08 | 11:15 |
Orto, Momento en que el sol aparece completamente en el Horizonte
Ocaso, momento en que el sol desaparece completamente en el Horizonte
De lo anterior, el cambiar el horario al huso horario de 75° no aumentará el ocaso hasta despues de las 19:00, por lo que de todas maneras las actividades acuaticas y de playa deben termimar antes de las 18:20.
Adicionalmente, las horas de ocaso en las ciudad de Miami, son prácticamente similares a las de la Entidad, como se observa en la siguiente tabla
Orto | Ocaso | horas de luz solar | ||
01/11/2014 | 07:29 | 18:39 | 11:10 | horario de verano |
02/11/2014 | 06:30 | 17:38 | 11:08 | horario de invierno |
03/11/2014 | 06:30 | 17:37 | 11:07 | |
04/11/2014 | 06:30 | 17:37 | 11:07 | |
05/11/2014 | 06:32 | 17:37 | 11:05 | |
06/11/2014 | 06:32 | 17:37 | 11:05 | |
07/11/2014 | 06:33 | 17:36 | 11:03 |
Datos obtenidos de http://weather.com
Por lo que de usar dicho horario solo moveriamos el horario, PERO NO SE VAN A GENERAR MAS HORAS DE SOL, por lo que no es la solución cambiar al estado al Huso Horario de 75°.
Lo que proponemos, es que el decreto solicite que los estados del centro del país utilicen el huso horario que les corresponde el cual es el de 105°, lo que creará la hora de diferencia que debe existir con el Distrito Federal, sin moverla Zona Horaria que le Corresponde al Estado.
Propuesta
No al Cambio de Huso Horario en Quintana Roo
Como propuesta y para tener la hora de diferencia que por derecho tanto legal como por Huso Horario corresponde al Estado, se propone modificar la iniciativa de Decreto, la cual modifica la LEY DEL SISTEMA DE HORARIO EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS a lo siguiente:
I. Zona Sureste: Referida al meridiano 90 grados al oeste de Greenwich y que comprende los Estados de Veracruz, Oaxaca, Tabasco, Chiapas, Campeche, Yucatán y Quintana Roo,
II. Zona Pacífico: Referida al meridiano 105 oeste y que comprende de la mayor parte del territorio nacional, con la salvedad de lo establecido en los numerales I, III y IV de este mismo artículo;
III. Zona Noroeste: Referida al meridiano 120 oeste y que comprende el territorio del Estado de Baja California, y
IV. Las islas, arrecifes y cayos quedarán comprendidos dentro del meridiano al cual corresponda su situación geográfica y de acuerdo a los instrumentos de derecho internacional aceptados.
Esta propuesta crearia la Zona Horaria Sureste, nos permitiria tener la hora de diferencia que debe existir con el Distrito Federal y ademas, se utilizaria el Meridiano 75° de Abril a Octubre de todos los años, quedando cubiertas las necesidades del Sector Hotelero, que requiere tener una hora mas de Sol durante la mayor parte del Año y evitando que el turismo nacional, que es el que siente que obscurece mas temprano en el estado pueda decir que anochece temprano en Cancún.
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